Instrucciones del pago de tasas

Sección 6ª Tasa por la utilización de las instalaciones de la Escuela de Administración Regional. Cuantías e importe actualizados.

Art. 374.- Exenciones.

Están exentas del pago de esta tasa las Administraciones Públicas, siempre que la utilización de las instalaciones de la Escuela de Administración regional se realice para actividades de formación.

Las solicitudes que estén sujetas al pago de la tasa no tendrán reserva firme hasta el abono de la misma.

Art. 370.- Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible de la tasa la utilización privativa de las dependencias de la Escuela de Administración Regional para actividades formativas.

Art. 371.- Sujetos pasivos.

Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas, así como las entidades del artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, que soliciten los servicios constitutivos del hecho imponible.

Art. 372.- Cuota tributaria.

La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:

      Tarifa 1. Por la utilización de un día completo:

          a) Dependencias de hasta un máximo de 15 personas: 172,12 euros.

          b) Dependencias de 16 a 32 personas: 176,48 euros.

          c) Aula informática de hasta 18 ordenadores: 383,31 euros.

          d) Aula informática de hasta 34 ordenadores: 531,63 euros.

          e) Salón de Actos: 411,96 euros.

          f) Salas polivalentes: 309,60 euros.

          g) Sala de Juntas: 329,01 euros.

      Tarifa 2. Por la utilización de medio día (9:00 a 14:00 horas o 16:00 a 20:00 horas):

          a) Dependencias hasta un máximo de 15 personas: 118,91 euros.

          b) Dependencias de 16 a 32 personas: 121,97 euros.

          c) Aula informática hasta 18 ordenadores: 309,99 euros.

          d) Aula informática hasta 34 ordenadores: 477,12 euros.

          e) Salón de Actos: 286,79 euros.

          f) Salas Polivalentes: 215,15 euros.

          g) Sala de Juntas: 228,74 euros.

Se entenderá por día completo el horario comprendido entre las 9:00 y las 20:00 horas y por medio día entre las 9:00 y las 14:00 horas o entre las 16:00 y las 20:00 horas.

Art. 373.- Devengo y pago.

La tasa se devenga cuando se presente la solicitud de utilización. El pago del cien por cien de la cuantía de la tasa se realizará en el plazo de cinco días hábiles máximo desde que la Administración comunicase la dependencia asignada al solicitante, y siempre antes del inicio de la actividad.

Modelo 046 para efectuar el pago

Cumplimentar el modelo 046

 

   Instrucciones para cumplimentar modelo 046.

   Pinche el icono

 

Seleccione la Consejería u Organismo Autónomo:  CONSEJERÍA DE HACIENDA, AA.PP. Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL.

Órgano Gestor:  SERVICIOS CENTRALES DE HACIENDA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL.

2 Fecha de devengo:  fecha en que se cumplimente el modelo.

56 Denominación del concepto:  1220 TASA POR LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA DE LAS DEPENDENCIAS DE LA ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL DE CASTILLA-LA MANCHA.

57 Descripción:  motivo del ingreso.

80 TOTAL A INGRESAR:  importe del ingreso de acuerdo con las tarifas mencionadas.

Limpiar:  borrado de datos introducidos.

Validar:  validación de datos. Generar modelo 046 válido y puede elegir:

1. Imprimir documento de pago 046 en formato PDF (3 ejemplares). El documento obtenido será válido para su pago presencial en cualquiera de la Entidades colaboradoras con la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.

2. Efectuar pago electrónico a través de la plataforma de pago electrónico de la Consejería de Hacienda.

Realizado el pago, deberá remitir el ejemplar para la Administración escaneado al correo electrónico ear@jccm.es para convertir la reserva en firme.